• Este año aumenta el volumen de casos entrados en casi toda la tipología, siendo la única excepción la baja de la entrada de procesos de extradición.
• La cifra de casos terminados
se mantiene dentro de un comportamiento estable delimitado desde el 2004.
• Se vislumbra un cambio
en la forma de votación en recursos de casación hacia una mayor propensión
a votar “Sin lugar” estos recursos. No obstante, es prudente esperar, al
menos un año más, para constatar que tal conjetura será confirmada.
Paralelamente, la votación de los recursos de revisión de caracteriza por
mostrar una mayor variabilidad por tipo de voto, lo que dificulta la
delimitación de un patrón determinado.
• Si bien se incrementa
el circulante al finalizar el año, éste
se mantiene bajo respecto a lo acontecido antes del 2004. Por otro
lado, la existencia esta compuesta por una alta proporción de asuntos nuevos lo que provocará en
el futuro cercano bajos niveles de duración. De hecho, este año la
duración promedio bajo en forma importante hasta ubicarse en los tres
meses una semana.
• Se introducen por
primera vez, tres indicadores de gestión, a saber, el cálculo de las tasas de congestión[1], la de
pendencia y la de resolución[2].
Análisis de Tasas:
La
tasa de congestión en el 2006 fue de 1.22; es decir, en este año el Tribunal
tenía que tramitar 1.22 veces más casos de los que pudo resolver para que la
congestión fuera nula. Por su parte, la tasa de pendencia se ubica en 18%,
mientras que la de resolución en 82%.
En la tabla y gráficos siguientes se puede apreciar
la evolución de los indicadores señalados en el último quinquenio.
VARIABLES |
2002 |
2003 |
2004 |
2005 |
2006 |
Circulante al inicio |
302 |
451 |
433 |
317 |
221 |
Casos entrados |
917 |
937 |
1059 |
1053 |
1254 |
Casos reentrados |
0 |
0 |
1 |
0 |
0 |
Casos salidos |
768 |
955 |
1176 |
1149 |
1209 |
Circulante al finalizar |
451 |
433 |
317 |
221 |
266 |
INDICADORES |
|
||||
Tasa de congestión |
1.59 |
1.45 |
1.27 |
1.19 |
1.22 |
Tasa de pendencia |
37.0 |
31.2 |
21.2 |
16.1 |
18.0 |
Tasa de resolución |
63.0 |
68.8 |
78.8 |
83.9 |
82.0 |
La
tasa de pendencia y resolución son complementarias y su suma es de 100%, pues
un asunto o está pendiente o está resuelto.
Los
anteriores patrones se justifican de acuerdo al detalle que a continuación se
expone y que es resultado de la exploración estadística de las principales
variables.
I.
CASOS ENTRADOS
1.1
El dato
de
los casos entrados para el 2006 indica un crecimiento importante,
interrumpiéndose la relativa estabilidad de la entrada de los dos años
anteriores. Durante este año la entrada al Tribunal ascendió en casi una quinta
parte (19.1%) respecto al 2005, llegando a los 1254.
Como se aprecia en el siguiente gráfico, el
crecimiento de este año, se dio tanto en las casaciones como en los otros tipos
de asunto. Durante el 2006 el ingreso de recursos de casación aumentó a 759
mientras que para los dos años inmediatamente anteriores el promedio de entrada
anual era de 666; de esta forma las casaciones entradas del 2006
crecieron en un 14% respecto a ese promedio. Por otro lado, las 317 prorrogas de prisión
preventiva, los 122 recursos de revisión y los 34 conflictos de
competencia, son rubros que crecieron este año respecto al 2005, mientras los
procesos de extradición cayeron a 19 cuando un año antes eran 37.
Tribunal |
Año |
Variación |
||
2005-2006 |
||||
2005 |
2006 |
Absoluta |
Relativa |
|
Total | 508 | 589 |
81 |
15.9% |
Penal Primer Circuito Judicial de San José |
111 |
125 |
14 |
12.6% |
Penal Segundo Circuito Judicial de San José |
46 |
54 |
8 |
17.4% |
De la Zona Sur |
34 |
57 |
23 |
67.6% |
Primer Circuito Judicial de Alajuela |
26 |
51 |
25 |
96.2% |
Segundo Circuito Judicial de Alajuela |
37 |
47 |
10 |
27.0% |
De Cartago |
38 |
29 |
-9 |
-23.7% |
De Heredia |
54 |
60 |
6 |
11.1% |
De Guanacaste |
67 |
48 |
-19 |
-28.4% |
De Puntarenas |
57 |
61 |
4 |
7.0% |
Del Primer Circuito Judicial Zona Atlántica |
20 |
32 |
12 |
60.0% |
Del Segundo Circuito Judicial Zona Atlántica |
18 |
25 |
7 |
38.9% |
La cantidad de recursos de casación analizados por
tipo de delito arroja los siguientes resultados: se tiene que las lesiones
culposas (169) aumentaron por tercera vez consecutiva. Otros tipos de
delitos que resultan relevantes son: la usurpación (55), el grupo de
calumnias, difamaciones e injurias (78), desobediencia a la autoridad (46),
agresión con arma (53), delitos de narcotráfico (21), infracción
a la ley forestal (21) y lesiones leves (34); los cuales
constituyen el 65% de los
recursos de casación ingresados al Tribunal.
II. CASOS
TERMINADOS
2.1 El número
de casos terminados aumentó este año respecto al 2005, por lo que la cifra
reportada se ubica dentro de una tendencia estable delimitada a partir del
2004. En el 2006, se reportó 1209 casos terminados, 60 más que el
año 2005. De esta forma, en los últimos tres años el número de casos terminados
del Tribunal de Casación Penal ronda un promedio de 1178 casos anuales.
2.2 En
relación con el 2005, este año se han dado algunas variaciones en la
distribución porcentual de los casos terminados clasificados por el tipo de
asunto por el que ingresó.
En el siguiente gráfico, se muestra la distribución porcentual para el 2006. Se puede apreciar que la mayoría de las resoluciones dictadas en el Tribunal, recaen en recursos de casación que en esta oportunidad son la mitad (50.5%) de lo resuelto; doce meses antes este tipo de asunto representaba una proporcionalidad similar (52.7%). El segundo tipo de asunto votado corresponde a las prorrogas definidas que son un poco más de una cuarta parte (26.4%) de los votado, mientras que en el 2005 representaban una quinta parte (20.6%). Las inadmisibilidades perdieron peso relativo, del 12,5% al 10% este año respecto al anterior, así como, las resoluciones en recursos de revisión y las incompetencias. De esta forma, los casos terminados en asuntos entrados para definir una prorroga aumentaron el porcentaje de representación en la distribución de los asuntos terminados, mientras los demás asuntos disminuyeron.
2.3 Al enfocar la votación recibida en los 610 recursos de casación de este año, se presentan algunos cambios respecto a lo que se da en los últimos años. En la siguiente tabla, se puede apreciar que del 2003 al 2005 los votos declarando “Sin Lugar” el recurso planteado, en promedio rondaban el 55%, este año el porcentaje paso al 57.4%. Ante esto, habrá que esperar al menos dos años más para determinar si se está produciendo un cambio en la forma de votación, tendiente a dictar una mayor cantidad de resoluciones como ésta o, si por el contrario, el dato del 2006 corresponde a un evento coyuntural.
Año |
Recursos de Casación |
Diferencia porcentual |
|||
Sin Lugar |
% |
Con Lugar |
% |
||
2001 |
202 |
52.1 |
186 |
47.9 |
-4.2 |
2002 |
180 |
49.0 |
187 |
51.0 |
2.0 |
2003 |
293 |
56.7 |
224 |
43.3 |
-13.4 |
2004 |
355 |
55.6 |
283 |
44.3 |
-11.3 |
2005 |
330 |
54.5 |
275 |
45.5 |
-9.0 |
2006 |
350 |
57.4 |
260 |
42.6 |
-14.8 |
2.4
En los recursos de revisión la votación es mucho más irregular. Como se puede
apreciar en el arreglo de datos seguido, a pesar de que los votos “Sin lugar”
son mayoría respecto a los declarados “Con Lugar”, el porcentaje del primer
tipo de resolución oscila del 51,5% del 2003
al máximo 79,7%, indicando mucha variabilidad. De esta forma, parece que se ha
dado un cambio en la votación de estos recursos, de tal manera que en el 2006
fue más probable que un recurso de revisión reciba el dictamen “Sin Lugar” (4
de cada 5) que en el 2003 cuando existía una probabilidad
similar de que recibiera uno u otro dictamen.
Año |
Recursos de Revisión |
Diferencia Porcentual |
|||
Sin lugar |
% |
Con lugar |
% |
||
2002 |
31 |
54.4 |
26 |
45.6 |
-8.8 |
2003 |
17 |
51.5 |
16 |
48.5 |
-3.0 |
2004 |
31 |
62.0 |
19 |
38.0 |
-24.0 |
2005 |
50 |
61.0 |
32 |
39.0 |
-22.0 |
2006 |
63 |
79.7 |
16 |
20.3 |
-59.5 |
Otra
característica mostrada por los datos estadísticos es que ya son dos años
consecutivos en que los votos recibidos (con y sin lugar) rondan los 80
anuales, nivel que es superior al reportado en años anteriores.
2.5
La inadmisibilidad en este Tribunal tampoco muestra un patrón determinado como
sí ocurre en la Sala Tercera. Se puede apreciar de seguido, que la inadmisibilidad
de los últimos cuatro años es mayor a lo que se daba antes del 2003 y
marcadamente mayor a la que se daba antes de la entrada en vigencia del Código
Procesal Penal cuando no se superaba el límite de las 50
inadmisibilidades anuales y “razones de
inadmisibilidad” bajas (no alcanzaban ser tres
por cada 100 casos entrados). Desde el 2003 no
solo se ha superado la barrera de las 100
inadmisibilidades sino que la razón de inadmisibilidad a sido mayor a 10.
Año | Casos entrados | Inadmisibles | Razón de inadmisibilidad |
2001 |
883 |
70 |
7.9 |
2002 |
917 |
70 |
7.6 |
2003 |
937 |
150 |
16 |
2004 |
1059 |
115 |
10.9 |
2005 |
1053 |
144 |
13.6 |
2006 |
1254 |
121 |
9.6 |
En este año, se da una interrupción de la caída de la
existencia final del Tribunal de Casación Penal. A la conclusión del 2006, se reportan 45 casos en trámite más que al fin del 2005, llegándose
a los 266 casos,
como se puede apreciar en el siguiente gráfico. No obstante, ese nivel se
mantiene bajo respecto a lo que se registraba antes del 2004.
Tiempo de espera |
Casos pendientes |
Porcentaje |
Menos de 91 días |
167 |
62.8% |
De 91 a 181 días |
62 |
23.3% |
De 182 a 270 días |
31 |
11.7% |
De 271 días a 365 días |
5 |
1.9% |
Más de un año |
1 |
0.3% |
TOTAL |
266 |
100.0% |
El bajo volumen de casos en trámite con más de seis
meses de espera es un aspecto positivo de la carga de trabajo pendiente de este
despacho. El reto es, no solo profundizar la caída de la existencia inicial si
no la de mantener o, mejor aún, reducir la cantidad de asuntos pendientes que tienen
más de seis meses de espera. Con el fin de ayudar sobre este tópico se listan a
continuación los asuntos más antiguos de haber ingresado al Tribunal.
EXPEDIENTE |
|
HECHO PUNIBLE |
F.ENTRADA |
03-201820-0396-PE |
|
Infrac. Ley Armas |
04/08/2005 |
03-201816-0396-PE |
|
Lesiones Culposas |
20/01/2006 |
02-002847-0492-TC |
|
|
07/02/2006 |
01-004928-0647-PE |
|
Lesiones Culposas |
07/03/2006 |
04-200773-0414-PE |
|
Usurpación |
13/03/2006 |
03-000164-0629-PE |
|
Homicidio Calificado |
14/03/2006 |
02-200365-0332-PE |
|
Instigación Pública |
05/04/2006 |
04-201765-0275-PE |
|
Robo Simple |
05/04/2006 |
03-601006-0607-TC |
|
Abandono de Animales |
06/04/2006 |
05-201128-0472-PE |
|
Desobediencia |
19/04/2006 |
03-200225-0278-PE |
|
Agresión con Armas |
24/04/2006 |
03-002167-0345-PE |
|
Lesiones Leves |
25/04/2006 |
02-020277-0042-PE |
|
Lesiones Culposas |
27/04/2006 |
04-023981-0042-PE |
|
Abuso de Autoridad |
10/05/2006 |
02-018132-0497-TR |
|
Lesiones Culposas |
12/05/2006 |
03-003346-0345-PE |
|
Desobediencia |
16/05/2006 |
02-001295-0647-PE |
|
Lesiones Culposas |
19/05/2006 |
04-200515-0414-PE |
|
Amenazas Agravadas |
30/05/2006 |
04-500098-0353-FC |
|
Daño Agravado |
30/05/2006 |
04-500194-0241-PE |
|
Lesiones Leves |
31/05/2006 |
02-034242-0174-TR |
|
Ignorado |
01/06/2006 |
03-204684-0275-PE |
|
Lesiones Leves |
05/06/2006 |
04-000441-0345-PE |
|
Lesiones Culposas |
05/06/2006 |
04-200569-0645-PE |
|
Violación de Domicilio |
05/06/2006 |
03-201001-0306-PE |
|
Usurpación |
06/06/2006 |
02-001249-0647-PE |
|
Violación de Sellos |
12/06/2006 |
02-200933-0485-PE |
|
Lesiones Culposas |
12/06/2006 |
03-009713-0042-PE |
|
Receptación |
12/06/2006 |
03-200641-0396-PE |
|
Lesiones Culposas |
12/06/2006 |
04-000385-0636-PE |
|
Infrac. Ley Armas |
12/06/2006 |
04-013655-0042-PE |
|
Priv. Libertad sin Lucro (Forma
Agravada) |
16/06/2006 |
04-200598-0275-PE |
|
Desobediencia |
16/06/2006 |
04-201552-0305-PE |
|
Posesión de Drogas, Sustancias o
Productos |
16/06/2006 |
05-000032-0162-PE |
|
Injurias |
16/06/2006 |
03-600298-0499-TC |
|
Lesiones Culposas |
20/06/2006 |
05-200239-0645-PE |
|
Hurto Agravado |
20/06/2006 |
05-201774-0306-PE |
|
Lesiones Leves |
26/06/2006 |
Convendría
encontrar un equilibrio entre lo anterior y un aumentó en el enfoque en la
atención en los asuntos que tienen más tiempo de estar en la esfera judicial.
Esto es, atender asuntos que, si bien son de reciente ingreso al Tribunal,
llevan muchos años en el ámbito judicial
[3]
.
En el siguiente recuadro se muestra la distribución de la existencia de acuerdo
con el tiempo que llevan los asuntos en la esfera judicial.
Año de ingreso |
Casos pendientes |
1990 |
1 |
1995 |
1 |
1996 |
3 |
1997 |
1 |
1998 |
1 |
1999 |
4 |
2000 |
7 |
2001 |
12 |
2002 |
39 |
2003 |
53 |
2004 |
79 |
2005 |
54 |
2006 |
11 |
TOTAL |
266 |
A continuación se listan los 11 casos que
forman parte de la existencia al finalizar el 2006 que ingresaron al Poder
Judicial antes del 2000.
EXPEDIENTE |
HECHO PUNIBLE |
F.ENTRADA |
90-000033-0019-PE |
Homicidio Calificado |
29/11/2006 |
95-001429-0203-PE |
Peculado |
09/11/2006 |
96-000773-0008-PE |
Infracción. Ley Forestal |
24/07/2006 |
96-000773-0008-PE |
Infracción. Ley Forestal |
01/12/2006 |
96-001476-0271-PE |
Agresión Calificada |
22/12/2006 |
97-000894-0202-PE |
Fraude de Simulación |
27/07/2006 |
98-200178-0331-PE |
Violación |
05/12/2006 |
99-024013-0042-PE |
Infrac.Ley Derechos de Autor... |
04/09/2006 |
99-202019-0431-PE |
Usurpación |
18/09/2006 |
99-003898-0175-PE |
Lesiones Culposas |
14/11/2006 |
99-000190-0512-TP |
Violación Agravada |
11/12/2006 |
IV.
DURACIÓN
PROMEDIO
Ante la poca cantidad de casos pendientes al finalizar
el 2005 con un año de espera, se tenía la expectativa en el 2006 de una caída
de la duración promedio, como ocurrió. Este año, se cálculo tres meses y una
semana como promedio de duración, el cual es un mes y tres semanas
menor que el cálculo del 2005. A continuación se muestra la evolución de este
indicador desde el 2001.
Año |
Duración Promedio |
Porcentaje de Casaciones votadas
(duración igual o menor de 3 meses) |
2001 |
4 meses
3 semanas |
36.1 |
2002 |
7 meses
1 semana |
30.8 |
2003 |
6 meses
2 semanas |
34.8 |
2004 |
5 meses
1 semana |
47.7 |
2005 |
5 meses
0 semanas |
50.9 |
2006 |
3 meses
1 semana |
63.6 |
A continuación se presenta aquellos aspectos que resultaron relevantes,
producto del análisis efectuado en este despacho:
El circulante al
finalizar se mantiene bajo por cuarto año consecutivo. Esto a pesar de que
la disminución de los casos terminados bajó menos rápido que el volumen de
casos entrados.
Se ha dado un cambio
en la forma en que se vota por el fondo los asuntos penales juveniles
donde se da , este año, una mayor proporción de votos “Sin lugar” respecto
a los dictámenes “Con lugar”.
Se introducen por
primera vez, tres indicadores de gestión judicial, a saber, la tasa de
congestión[4],
la de pendencia y la de resolución[5].
Análisis de Tasas:
La tasa de congestión para el 2005 y 2006 fue de 1.17; es decir, en esos años
el Tribunal, en materia Penal Juvenil, tenía que tramitar 1.17 veces más casos
de los que se pudo resolver para que la congestión fuera nula. Por su parte, la
tasa de pendencia se ubica en 14,3%, mientras que la de resolución en 85,7%.
En la tabla y gráficos siguientes se puede apreciar
la evolución de los indicadores señalados en el último quinquenio.
VARIABLES |
2002 |
2003 |
2004 |
2005 |
2006 |
Circulante al inicio |
86 |
132 |
43 |
33 |
28 |
Casos entrados |
128 |
112 |
92 |
158 |
147 |
Casos reentrados |
0 |
0 |
10 |
1 |
0 |
Casos salidos |
82 |
201 |
112 |
164 |
150 |
Circulante al finalizar |
132 |
43 |
33 |
28 |
25 |
INDICADORES |
|
||||
Tasa de congestión |
2.61 |
1.21 |
1.29 |
1.17 |
1.17 |
Tasa de pendencia |
61.7 |
17.6 |
22.8 |
14.6 |
14.3 |
Tasa de resolución |
38.3 |
82.4 |
77.2 |
85.4 |
85.7 |
Del grafico N° 1, se observa el comportamiento de la
tasa de congestión cuyo rango de oscilación va de 1.17 a 2.61, siendo las del
2005 y 2006 las más bajas de la secuencia. Es importante señalar que la tasa de
congestión tiene como límite inferior el cero, que se daría cuando todos los
asuntos ingresados y pendientes de un período determinado se han terminado.
La
tasa de pendencia y resolución son complementarias y su suma es de 100%, pues
un asunto o esta pendiente o resuelto.
La
tasa de pendencia más baja se presentó en el 2006 con un 14.3% y la mayor en el
2002 con un 61.7%. Paralelamente, la tasa de resolución, para estos años se ha calculado
entre 85,7% para el 2006 y 38,3% para el 2002.
Los
anteriores patrones se justifican de acuerdo al detalle que a continuación se
expone y que es resultado de la exploración estadística de las principales
variables estadísticas.
I. CASOS
ENTRADOS
La carga de trabajo del Tribunal de Casación en materia
Penal Juvenil para el 2006 bajó a 175 casos, mientras que doce meses
antes era de 192, tal disminución significó un baja porcentual de 8.8%.
El motivo de tal baja se debe a una mayor caída de los casos entrados (11
casos menos) que sobrepasó la baja del nivel resolutivo de esta materia, como
se comentará.
Los recursos de casación representan el 95.9% (141)
de los tipos de asuntos ingresados, mientras un 4,1% (6)
corresponde a los recursos de revisión.
Las casaciones provienen principalmente del Juzgado Penal
Juvenil de San José con 42, seis menos que el 2005.
Se
enlistan a continuación los despachos con más de 10 casaciones presentadas y la cantidad de votos con
lugar correspondientes para cada uno.
Juzgado Penal Juvenil |
Recursos de casación entrados |
Votos con lugar |
San José |
42 |
31 |
Heredia |
16 |
6 |
II
Alajuela |
14 |
2 |
I
Alajuela |
12 |
6 |
I Zona
Atlántica |
10 |
6 |
II. CASOS TERMINADOS
Como se
indicó la cantidad de casos terminados cayó este 2006 llegando a los 150, 14
resoluciones menos en relación con el 2005. Esta baja resolutiva representa una
caída porcentual del 8.5%.
Este
2006, se caracteriza por un cambio importante en la proporcionalidad de los
votos de fondo del Tribunal en materia Penal Juvenil. Como se puede apreciar en
el siguiente recuadro, del 2005 para atrás, la votación de fondo se
caracterizaba por una mayor presencia de los votos “Con lugar” respecto al
dictado “Sin lugar”. Si bien en el 2005 ya se perfilaba un aumento de la
votación “Sin Lugar” respecto a lo apreciado en años anteriores, es en el 2006
cuando estos votos superaron la cantidad de votos “Con lugar”. Del 2002 al 2004
inclusive las cantidades de resoluciones “Sin lugar” no superaban los 40
votos, para el 2005 estos llegan a 66 y en este año a 75.
Paralelamente los dictámenes “Con lugar” del 2006 fueron 52 cuando doce
meses ante eran 82. Esto ocasionó que la proporcionalidad de los votos
de fondo variara en forma significativa, pues los declarados “Sin lugar” este
año representan casi tres quintas partes (59,1%) contra el 40,9%
de los dictámenes “Con Lugar”.
Año |
Recursos de Casación votados |
||||
Volumen por tipo |
Proporción |
||||
Total |
Con lugar |
Sin lugar |
Con lugar |
Sin lugar |
|
2002 |
66 |
32 |
34 |
48.5% |
51.5% |
2003 |
90 |
53 |
37 |
58.9% |
41.1% |
2004 |
81 |
44 |
37 |
54.3% |
45.7% |
2005 |
148 |
82 |
66 |
55.4% |
44.6% |
2006 |
127 |
52 |
75 |
40.9% |
59.1% |
Continúa
la tendencia a la baja en número de casos penales juveniles pendientes de
trámite final en el Tribunal de Casación Penal. Como se puede apreciar en el
gráfico seguido, luego de la importante baja de la existencia acaecida en el
2003, la existencia no ha cesado de continuar su patrón a la baja de los
últimos cuatro años, hasta que al concluir el 2006 llegó a solo 25
casos.
[1] Esta tasa determina el grado de
saturación o retraso existente, si este ha disminuido o por el contrario se ha
aumentado a través del tiempo. Si la tasa de congestión es mayor a 1 (uno),
existe congestión en un Juzgado,
materia o Sistema Judicial. Si la tasa de congestión es igual a 1 (uno),
no registra congestión, por lo que se le ha dado trámite en el período a todos
los casos ingresados y pendientes; esto significa que no tiene casos pendientes
para el año siguiente.
[2]Tanto la tasa pendencia o asuntos
pendientes como la resolución en realidad son porcentajes puros y simples. Con
la primera se refiere a la cantidad de expedientes que están a la espera de ser
tramitados o bien que ya iniciaron su tramitación pero aún no se da por
terminado. Por su parte, la resolución va a indicar cuántos de los expedientes
que estaban de la carga de trabajo se les dio término.
[3] Dichos expedientes se determinan
observando los dos primeros dígitos del número de expediente que corresponde al
año de entrada del expediente a la esfera judicial.
[4] Esta tasa determina el grado de
saturación o retraso existente, si este ha disminuido o por el contrario se ha
aumentado a través del tiempo. Si la tasa de congestión es mayor a 1 (uno),
existe congestión en un Juzgado,
materia o Sistema Judicial. Si la tasa de congestión es igual a 1 (uno),
no registra congestión, por lo que se le ha dado trámite en el período a todos
los casos ingresados y pendientes; esto significa que no tiene casos pendientes
para el año siguiente.
[5]Tanto la tasa pendencia o asuntos
pendientes como la resolución en realidad son porcentajes puros y simples. Con
la primera se refiere a la cantidad de expedientes que están a la espera de ser
tramitados o bien que ya iniciaron su tramitación pero aún no se da por
terminado. Por su parte, la resolución va a indicar cuántos de los expedientes
que estaban de la carga de trabajo se les dio término.